La edad de una mujer ni su condición fértil son excusas que pueden dar las EPS para negar el procedimiento de retirar el útero si así lo decide el paciente.
Así lo determinó la Corte Constitucional al estudiar la tutela de una mujer de 31 años a la que la EPS Sura le negó el procedimiento aún cuando ella padecía problemas de salud relacionadas con su aparato reproductor.
La Sala advirtió que los procedimientos también podrían realizarse a las mujeres que decidan no tener hijos.
“La Sala advierte que en lo sucesivo garantice el respeto por las decisiones que adopten sus pacientes en torno a la decisión de tener o no hijos”, señaló.
Frente al caso en particular, la Corte ordenó a la EPS conformar una junta médica para que se emita una nueva valoración de la mujer.