En un debate de control político en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, el ministro de Defensa, Guillermo Botero, respondió las inquietudes presentadas por la aplicación del Código de Policía.
“Puede pasar que al expedir una orden de comparendo se haga una indebida interpretación del Código, pero siempre habrá un control de legalidad por parte de los inspectores de policía y del Contencioso Administrativo. Adicionalmente se aumentaron las competencias del Ministerio Público para controlar la actividad policiva, por lo que no se puede hablar de actuaciones arbitrarias”, indicó.
En ese sentido, Botero explicó que, si bien la Policía es la autoridad central en materia policiva, la imposición de un comparendo no implica una multa sino un llamado a comparecer ante la instancia de Inspección de Policía (civiles) que, al final, decide si la actuación da o no para multa.
“Los inspectores de policía son quienes revisan en apelación las decisiones del personal uniformado”, resaltó el jefe de la Cartera, al responder el cuestionamiento frente a los comparendos recientemente impuestos a vendedores ambulantes en algunas vías de la capital por ocupación indebida del espacio público.
A la fecha se han impuesto 3’344.734 medidas correctivas de las cuales el 46%, es decir, 1’536.310, corresponden a multas y 1’808.424, es decir, el 54%, a otro tipo de medidas correctivas, en su mayoría pedagógicas, y tan solo se han recibido un total de 130 quejas por inconformidades en la aplicación de las normas del Código Nacional de Policía y Convivencia.
En la intervención, el Ministro aclaró que, durante la aplicación del Código, los ciudadanos pueden valerse de ayudas tecnológicas para tener una verificación del procedimiento que estén aplicando los uniformados en las vías públicas.
Desde que empezó a regir el nuevo Código de Policía hasta la fecha, se han impartido 90.066 comparendos en todo el país, de los cuales 62.179 se profirieron en la ciudad de Bogotá.