Luego de que 4 ciudadanos radicaran una demanda en contra del artículo del Nuevo Código de Policía que impone multas y sanciones a quienes promuevan el uso del espacio público, la Corte Constitucional decidió admitirla para estudio.
El Alto Tribunal también le pide hacer lo propio a la Oficina de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, la Oficina de la Organización Internacional del Trabajo en Colombia, DeJusticia, Comisión Colombiana de Juristas, la Central Unitaria de Trabajadores –CUT-, la Unión General de Trabajadores Independientes y de la Economía Informal -UGTI.
Estas entidades tendrían 10 días “siguientes al recibo de la comunicación respectiva, para que indiquen las razones que, en su criterio, justifican la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas demandadas”.
Fue por este artículo que hace unos días un joven fue multado luego de que comprara una empanada en la calle.
Los demandantes afirman que este artículo “criminaliza las ventas informales”, además acuden a cifras del DANE en donde reflejan que “la proporción de ocupados informales en las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue 47,5% para el trimestre octubre-diciembre de 2016. Para el total de las 23 ciudades y áreas metropolitanas fue 48,7%” lo que refleja no solo un alto grado de informalidad, sino su situación de precariedad”. Por lo anterior dicen esta es “una clara violación a derechos fundamentales, como el trabajo, igualdad de trato ante la ley, libertad y libre desarrollo de la personalidad”.
En contra de esa misma norma, cursan en estos momentos otras dos demandas en el Alto Tribunal.