La sala plena de la Corte Constitucional amparó el derecho a informar que tienen los periodistas en el país, al tumbar una sentencia del Tribunal Superior de Medellín en contra de Noticias Uno, sobre el proceso contra exgobernador Luis Alfredo Ramos.
El Tribunal de Medellín había ordenado a Noticias Uno rectificar una información que había emitido, basada en la filtración que había obtenido de una ponencia, en el proceso por parapolítica contra Ramos, exgobernador de Antioquia.
La Corte mantuvo su jurisprudencia sobre la protección de la labor periodística y del derecho a la información. Sin embargo, hizo un fuerte llamado de atención a los funcionarios públicos que filtran información reservada y privilegiada.
“Los trabajos de particulares externos al foro penal hacen parte del libre ejercicio del periodismo y de la opinión. Pero lo que no es admisible, desde ningún punto de vista, es la revelación de documentos reservados por parte de sus garantes”, dice uno de los apartes de la decisión.
La sentencia agrega que la Corte “defiende a ultranza -como hasta hoy lo ha hecho- la libertad de información, pero insiste en que los documentos reservados deben así mantenerse dada la prohibición de su divulgación”.
El pronunciamiento de la Corte se dio en medio del estudio de tutela que interpuso el ex gobernador de Antioquia contra Noticias Uno, después de que revelara una ponencia en la que se proyectaba una condena de 108 meses de cárcel en su contra por parapolítica.
El alto tribunal concluyó que con la filtración de la ponencia se vulneró el derecho al debido proceso de Ramos porque, en efecto, se filtró una información que ponía en tela de juicio la presunción de inocencia del exgobernador, en un proceso que aun está en estudio por parte de la Corte Suprema.
Señala la Corte que la filtración de esa información podría afectar la imparcialidad e independencia de la administración de justicia.
“La revelación de la información afectó el debido proceso, pues considerada la naturaleza del documento revelado y el estado del proceso en proximidad inmediata de sentencia, se produjo una afectación grave, actual y cierta del debido proceso, en su especie de la presunción de inocencia, con un muy probable impacto en la imparcialidad y en la independencia del tribunal colegiado que, finalmente, debería proferir una sentencia de absolución o condena”, indica.
Sin embargo, la Corte tumbó la decisión del Tribunal de Medellín que ordenó a Noticias Uno rectificar esa información y compulsó copias a la Procuraduría y a la Fiscalía para investigar a los funcionarios de la Corte Suprema de Justicia que filtraron la ponencia.
“No se vulneraron los derechos a la honra y al buen nombre del accionante, porque durante el desarrollo de la nota periodística Noticias Uno siempre se refirió a la existencia de un proyecto o ponencia y utilizó expresiones condicionales, que indicaban la posibilidad de una condena. Es decir, no habló de una sentencia en firme y tampoco se refirió al actor como una persona responsable de haber cometido determinado delito”, dice la sentencia.
Ramos decía en la tutela que el informativo le había violado sus derechos a la honra y el buen nombre, al dar una noticia sobre una ponencia que no había sido radicada, ni estudiada por los magistrados de la sala.
Al respecto, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) ha dicho que el fallo que ordenó al noticiero rectificar ha sido “un grave precedente para el ejercicio de la libertad de expresión”.
La Flip indicó que “la prohibición de difusión de información veraz sobre un asunto de interés público es contraria a la libertad de expresión”.
La filtración de información a medios de comunicación y periodistas es un tema que ha generado bastante polémica en la opinión pública. Tanto así, que el Senado había aprobado con correcciones la norma del proyecto de ley anticorrupción que penaliza ese tipo de conductas.