La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acreditó como víctima del conflicto armado al partido Unión Patriótica (UP). Esta acreditación se presenta en el estudio del caso No. 006 que establece la victimización de miembros de la UP por agentes del Estado.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP indicó que en la década de los noventa miles de integrantes de este partido político, entre ellos un candidato presidencial, fueron asesinados.
Esa situación llevó al exterminio a la colectividad puesto que muchos de sus integrantes, atemorizados por esta ola de asesinatos, tuvieron que pedir asilo para proteger su vida.
Por falta de garantías electorales, dicha colectividad decidió marginarse de la participación política para las elecciones de 1994. “Pasó de ser el partido político con la mayor votación histórica por la izquierda democrática del país a perder, transitoriamente, su personería jurídica. Esta personería fue recuperada gracias a un fallo del Consejo de Estado”, reseña el Consejo de Estado.
En octubre de 2019, la Corporación Reiniciar, que representa a víctimas de la Unión Patriótica, argumentó que la sucesiva y prolongada persecución de los militantes de la UP no solo los afectó electoralmente, sino que llevó al desvertebramiento de sus estructuras y redes proselitistas.
Con esta acreditación, los representantes de la UP podrán participar activamente en las versiones de los comparecientes, presentar observaciones y solicitar pruebas, sugerir sanciones y tener una participación en todas las etapas del proceso.
La JEP, en su fallo, invitó a quienes se reconocen como militantes de la Unión Patriótica o sus familiares a que se acerquen a la para solicitar su acreditación individual, cumpliendo con los requisitos expuestos en el artículo 3 de la Ley 1922 de 2018.
“En el Caso 06 de la JEP se estudian más de 8.000 actos victimizantes, se han identificado a 108 comparecientes presuntamente vinculados en estos actos y se han acreditado a dos víctimas de manera individual. También se han recibido cinco informes de entidades del Estado y organizaciones de víctimas, incluidas algunas en el exilio, en Argentina, Canadá y Suiza”, indica la Sala.