Frente a las nuevas excepciones que regirán en el país en las próximas semanas, el Ministerio de Salud expidió los ajustes, que, además de los protocolos de bioseguridad para la prevención del COVID-19, deben cumplir los sectores agrícolas, minas y energía, pecuario, comercio y manufacturas.
Además, solicitó implementar horarios laborales flexibles y llevar a cabo un control de ingreso a las instalaciones de la empresa o el predio, con el fin de llevar un registro de los trabajadores y visitantes.
De igual forma, el Ministerio de Salud pidió monitorear diariamente el estado de salud de los trabajadores, disponer de elementos de protección personal y abstenerse de compartir alimentos, recipientes y artículos de uso personal.
¿Cuáles son los protocolos que deben cumplir los trabajadores, contratistas y conductores?
Específicamente, el Ministerio de Salud pide que los trabajadores dispongan de una prenda de vestir que no sea la misma que usó durante el desplazamiento al predio; desinfectar las llantas del vehículo, durante mínimo 30 segundos y tener frascos rociadores con alcohol para la desinfección de las prendas de vestir.
Además, solicitó que un solo trabajador debe ser el autorizado para la entrega de insumos y herramientas, y establecer un procedimiento de desinfección de los artículos de trabajo, al inicio y fin de la jornada.
¿Cómo debe ser la interacción con clientes, proveedores y productores?
El Ministerio de Salud exige que se lleve un registro con datos y fecha de ingreso al predio de los proveedores y clientes, quienes a propósito deben ser atendidos por turnos. También pide almacenar de inmediato los insumos recibidos, en una área o bodega que debe ser desinfectada a diario, antes y después del abastecimiento.
El conductor que acompañe la entrega debe mantenerse en lo posible, dentro de la cabina del vehículo. Los trabajadores que reciban los insumos deben permanecer con los elementos de protección personal, mantener el distanciamiento físico de mínimo 2 metros y lavarse las manos antes y después de realizar esta tarea.
En caso de que se presente el caso de un trabajador contagiado ¿qué se debe hacer al interior del predio o empresa?
Lo que dicen los lineamientos es que el trabajador debe aislarse inmediatamente en casa. Se debe construir una lista de todas las personas que hayan tenido contacto estrecho con dicha persona, la cual debe ser entregada a la Secretaría de Salud correspondiente.
Además, tendrán que desinfectar de forma exhaustiva todas las herramientas, superficies, equipos y el puesto de trabajo con el que estuvo en contacto el contagiado, y hacer seguimiento para verificar que esta persona se mantenga aislada.
También hay lineamientos para el sector del Comercio al por mayor, hoteles y actividades de restaurantes
Mediante la resolución 749, el Ministerio de Salud determinó que: los centros comerciales, supermercados y grandes superficies deben contar con dispensadores de alcohol, para trabajadores, proveedores y visitantes; señalar los puntos de espera para evitar aproximaciones entre los clientes; prohibir el ingreso al establecimiento de usuarios que no tengan el tapabocas y limitar el uso de ascensor.
Mínimo cada media hora el trabajador debe disponer de tiempo para desinfectarse. No puede haber más de 1 persona por cada 5 metros cuadrado. Queda prohibida la manipulación del celular durante periodos de atención al público o manejo de mercancías.
De igual forma, se tendrá que tomar la temperatura al inicio y fin de la jornada laboral, aplica también para los huéspedes en el caso de los hoteles, y barrer con mopa, no con escoba.