Esmad no puede utilizar gases lacrimogenos en desmanes por orden judicial

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Por segunda vez, un juez le ordena al Gobierno Nacional suspender el uso de gases lacrimógenos por parte de las autoridades, durante las manifestaciones que se desenvuelven de manera violenta en época de pandemia.

En esta ocasión, la decisión fue del Juzgado Quinto Laboral de Bogotá quien consideró que los gases no deben ser usados mientras época Covid, porque con los tapabocas de uso diario, puede generar graves afectaciones a los asistentes de las marchas

Para el Juzgado “resultaría una combinación muy peligrosa el uso de estos gases en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo y su salud más expuesta en caso de contagiarse de Covid”.

Pese a que este tema ya se había manejado en los estrados judiciales por cuenta de una revisión que hizo el Tribunal Superior de Bogotá, respecto de que se debían tener en cuenta otra serie de conceptos, el juzgado ratificó su decisión.

Bajo ese entendido, el juzgado le ordenó al presidente de la República, al Ministerio de Defensa y la Policía Nacional que suspenda el uso de los agentes químicos que corresponden a dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido, granadas con carga química CS, OC, Granadas fumígenas, cartuchos con carga química CS, OC y, cartuchos fumígenos y cualquier otra sustancia semejante.

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