El 30 de julio es la fecha límite para que las empresas, cuyo objeto social se enfoca en el desarrollo de actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica, puedan aplicar al beneficio de exención de renta durante siete años.
“A la fecha, son 687 empresas las que se han acogido a esta iniciativa, las cuales se comprometieron a crear 5.929 nuevos empleos y a generar 191.000 millones de pesos en materia de inversión”, aseguró la viceministra de Creatividad y Economía Naranja, Adriana Padilla.
Los empresarios a que se presenten a esta convocatoria a través de www.economianaranja.gov.co.
Ante la importancia que representa la exención de renta en la reactivación del sector, el Gobierno tiene como meta beneficiar a mil empresas, las cuales deben hacer parte de alguna de las 26 actividades económicas enmarcadas en esta iniciativa, o estar relacionadas con el turismo cultural, el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir?
Además de desarrollar alguna de las 26 actividades que enmarca este beneficio, descritas en el Decreto 286 de 2020 y Resolución N° 000114 del 21 de diciembre de 2020 de la DIAN, en donde se reemplazó la actividad económica comprendida con el código CIIU 7110, por CIIU 7111 y CIIU 7112, las empresas deberán tener registrado el domicilio principal de la empresa en Colombia.
Asimismo, los ingresos brutos anuales no pueden ser superiores a 80.000 UVT (Unidad de Valor Tributario), lo cual equivale a $ 2.904 millones, a excepción de las actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, cuyos ingresos podrán ser mayores.
Adicionalmente, deberán garantizar una inversión mínima de 4.400 UVT, equivalentes a cerca de $ 159 mil millones, en máximo tres años, en la adquisición de propiedad, planta y equipo, esto con el fin de poner en marcha la reactivación del sector.
Por último, deberán comprometerse a generar un mínimo de tres empleos dirigidos a personas que desempeñen funciones relacionadas, directamente, con actividades consideradas de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas, por lo que no se incluyen empleos de carácter administrativo.