CEO abierto al diálogo y a la concertación con la administración de Santander de Quilichao

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Directivos de CEO durante una rueda de prensa realizada  en el municipio de Santander de Quilichao, informaron a la opinión pública la situaciòn en que se encuentra el proceso jurìdico con la administraciòn de esa zona del norte del Cauca.

Se informò en los siguientes tèrminos.

  1. La Escritura Pública suscrita entre CEDELCA y el Municipio está vigente pero la forma de pago del servicio pactada en la cláusula tercera de la Escritura que cruzaba utilidades versus pago del servicio, fue ajustada por el Contrato de Condiciones Uniformes (CCU) de 1997, como forma de restablecer el equilibrio económico considerando la imposibilidad legal de prestarse de manera gratuita el servicio considerando que nunca se han generado utilidades.
  2. El valor mensual facturado por concepto de energía eléctrica al municipio esta alrededor de $ 243,000,000 (Este fue el valor de la factura del mes de enero de 2022) y el ultimo pago recibido por concepto de alumbrado público se remonta al 2019.
  3. De conformidad con la Ley y el Contrato de Condiciones Uniformes, el incumplimiento del pago ocasiona suspensión del servicio.
  4. El incumplimiento del pago genera acciones ejecutivas contra el municipio de Santander de Quilichao; embargo de cuentas y pago de intereses de mora.
  5. La deuda del municipio con CEO desde Junio de 2011 a la fecha es de $43.521.223.059 de pesos (Alumbrado público: $31.604.035.261 de pesos y Consumo de energía entidades oficiales $ 11.917.187.798 de pesos) sumando capital e intereses.
  6. Los compromisos de pago establecidos entre la Compañía y la Administración Municipal de Santander de Quilichao, se han incumplido reiterativamente, razón por la cual se ha notificado en varias ocasiones, en debida forma y de manera anticipada, la suspensión del servicio, sin recibir respuesta alguna. El Municipio conocía que se iba a suspender el servicio y no tomó ninguna medida al respecto.
  7. La reconexión del servicio sin autorización de CEO configura el delito de Defraudación de Fluidos.
  8. La reconexión ilegal del servicio de energía, obligó a la Compañía a realizar suspensiones con desmonte de las luminarias del sistema de alumbrado público.
  9. Las luminarias en custodia de CEO obedece a que fue llevada a la alcaldía de Santander de Quilichao como propietaria de la misma y no fue recibida.

La Compañía reitera su disposición al diálogo y al establecimiento de acuerdos de pago con la Administración Municipal de Santander de Quilichao, bajo la premisa de que todo el Municipio como cualquier usuario debe pagar por el servicio prestado.

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