Compra directa de tierras para la construcción de la Reforma Rural Integral

Spread the love

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, del  Ministerio del Interior y del Alto Comisionado para la Paz, de una parte, y de otra la  Federación Colombiana de Ganaderos, FEDEGÁN, en virtud de los principios de diálogo y  concertación que el Gobierno Nacional ha consagrado para unir al país alrededor del  objetivo común de una Paz Total, que dignifique la vida de todos los colombianos, que  facilite la convivencia en medio de las diferencias y que haga posible el desarrollo con  equidad. 

HEMOS CONSIDERADO: 

1. Que es necesario allanar los caminos que conduzcan a la Paz Total, mediante  decisiones de política pública que, dentro de la Constitución y la Ley, rompan  paradigmas y hagan diferencias sustantivas en las estrategias y, por consiguiente,  también en los resultados. 

2. Que la Paz Total no es la sumatoria simple de la paz urbana y la paz rural, como  quiera que no hay dos violencias y tampoco dos colombias, sino un solo país,  agobiado por factores de violencia que se entretejen, con el narcotráfico como  factor desencadenante, con la pérdida de los valores y la corrupción como su  consecuencia más ominosa, y con la peor de las violencias, la del abandono y la  indiferencia frente a los más necesitados y, principalmente, frente a quienes  habitan en el campo colombiano, donde la presencia integral del Estado ha sido  lejana, cuando no ausente, y esa lejanía es una causa más de la violencia. 

3. Que, a pesar de la “unidad de patria”, la Paz Total pasa necesariamente por la  recuperación económica y social del campo colombiano -la Paz Territorial- y por la  consecuente dignificación de la vida rural. 

4. Que, a su vez, la recuperación del campo y la dignificación de la vida rural, no solo  son parte del camino para superar en Colombia la fracasada guerra contras las  drogas y el narcotráfico, sino condiciones sine qua non para el propósito del  Gobierno Nacional, compartido plenamente por FEDEGÁN, de convertir a  Colombia en potencia agroalimentaria, aprovechando sus ventajas comparativas,  como su ubicación frente a los mercados, la disponibilidad de tierras y su condición  de potencia hídrica y biodiversa. 

5. Que, para lograrlo, el Gobierno Nacional considera como ruta estratégica y como  su compromiso, la implementación y profundización del Acuerdo Final, negociado  con las Farc, para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable 

y duradera, y principalmente, la implementación y profundización del punto 1 de  dicho Acuerdo: “Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral”. 

6. Que el numeral 1.1.1 de la Reforma Rural Integral (RRI) establece que “Con el  propósito de lograr la democratización del acceso a la tierra, en beneficio de los  campesinos y de manera especial las campesinas sin tierra o con tierra insuficiente  y de las comunidades rurales más afectadas por la miseria, el abandono y el  conflicto (…) el Gobierno Nacional creará un Fondo de Tierras de distribución  gratuita” de carácter permanente, que dispondrá de tres (3) millones de hectáreas  durante sus primeros 12 años de creación. 

7. Que es necesario crear la base de tres (3) millones de hectáreas para el Fondo  Nacional de Tierras al que se refiere la RRI, y que es propósito del Gobierno hacerlo  con tierras fértiles, ociosas e improductivas, pero en el entendido de que la  productividad de la tierra no depende solamente de su fertilidad, es decir, de sus  condiciones físicas y agrológicas, sino de las condiciones adecuadas de producción  que se convierten en “ventajas competitivas”, sin las cuales no son aprovechables  las claras ventajas comparativas del país. 

8. Que, históricamente, los programas de reforma agraria se han prometido  “integrales”, pero nunca han logrado serlo realmente, entendida la “integralidad”  como la superación del componente de “redistribución de la tierra”, para pasar a la  implementación simultánea de las condiciones que deben acompañarla para que  sea productiva (infraestructura física) y generadora de ingresos suficientes para  sacar a alguien de la pobreza monetaria, así como las condiciones que deben  acompañar a las comunidades rurales para garantizarles una vida digna  (infraestructura física y social), condiciones cuya ausencia combinada configura lo  que hoy se conoce como “pobreza multidimensional”. 

9. Que para la creación de la base de tres (3) millones de hectáreas del Fondo Nacional  de Tierras, el Gobierno Nacional ha definido como una de las estrategias la “compra  directa” de tierras, buscando conformar núcleos territoriales que permitan la  Reforma Rural Integral.  

10. Que tanto la compra de predios como las acciones que sobre ellos se desarrollen,  deberán estar acordes con la realidad del cambio climático, entendido como las  modificaciones del clima atribuidas directa o indirectamente a la actividad humana,  observada durante periodos de tiempo preestablecidos (mayores o iguales a 30  años), para desarrollar actividades productivas, la ganadería entre ellas, que  permitan remover más carbono de la atmosfera bajo sistemas amigables con el  ambiente, especialmente de Sistemas Silvopastoriles Intensivos, SSPI, de tal forma  que el país avance en el cumplimiento de acuerdos internacionales, como las  disminución de emisiones de GEI en un 51% al 2030, y ser un país carbono neutral  para 2050.

11. Que dentro de las acciones que se emprendan en la Reforma Rural Integral, los  Sistemas Silvopastoriles Intensivos, SSPI, para la producción de carne y leche, son  una opción que se ajusta a los propósitos gubernamentales de la democratización  de la tierra, unida a la recuperación económica y social del campo, toda vez que los  SSPI permiten 1) Mayor carga animal por hectárea (productividad), lo que  representa la misma o más ganadería en menos área. 2. Liberación de tierra fértil  para reforestación o agricultura (Un millón de hectáreas en SSPI, liberaría entre dos  y tres millones de hectáreas para otras actividades, sin afectar la producción  ganadera). 3. Recuperación de la naturaleza en las áreas de producción ganadera  (antes “potreros”). 4. Incremento sustancial de la capacidad de captura de carbono  en las áreas ganaderas. 5. Incremento sustancial de la capacidad de fijación de  nitrógeno del suelo, con la consecuente disminución de la aplicación de abonos químicos. 6. Mejoramiento del ingreso, de los entornos de la vida campesina y de la  construcción de tejido social. 

La adopción de los Sistemas Silvopastoriles Intensivos, como el modo de  producción generalizado de la ganadería colombiana, no solo representaría una  verdadera “revolución ambiental”, sino que podría reducir la ganadería a 20  millones de hectáreas para la producción de carne y leche, y liberaría 14 millones de  hectáreas para reforestación y producción de alimentos de origen agrícola. 

12. Que, por las mismas razones anteriores, los Sistemas silvopastoriles Intensivos son  también una opción aplicable a las obligaciones de compensación ambiental de la  industria extractiva por su afectación a la naturaleza, lo cual, además de las ventajas  anteriores, representaría un apalancamiento de recursos para las acciones de  desarrollo rural en los predios ubicados en áreas de compensación ambiental de la  industria extractiva. 

A partir de las anteriores consideraciones, 

ACORDAMOS: 

1. Objeto del Acuerdo: 

Posibilitar la compraventa directa de tres (3) millones de hectáreas de tierra por parte del  Gobierno Nacional a personas pertenecientes al sector ganadero que voluntariamente  deseen venderlas. La participación de FEDEGÁN en este acuerdo constituye una expresión  de buena voluntad que ratifica el compromiso de las partes con la construcción de paz  territorial, sin perjuicio de la manifestación voluntaria de los ganaderos respecto de su  disposición a vender su tierra total o parcialmente. En todo caso, el Gobierno Nacional 

considerará otras fuentes para la adquisición de las tierras por compra directa con el fin de  alimentar el Fondo. 

2. Tierra objeto del Acuerdo: 

Naturaleza jurídica y condiciones de la tenencia: Tres (3) millones de hectáreas de tierra  que deben ser acreditadas como propiedad privada conforme al artículo 48 de la Ley 160  de 1994, que no estén siendo cuestionadas por la institucionalidad de restitución, que no  tenga ningún proceso agrario en curso, ni medidas de protección de la Ley 387 de 1997, y  que cumpla con las disposiciones ambientales y agrarias, y condiciones ecológicas.  Adicionalmente, los predios deberán estar saneados en términos fiscales y con posesión en  manos de sus propietarios. 

3. Ubicación: 

El gobierno en cabeza del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y de la mano de la  UPRA evaluará la capacidad productividad de la tierra ofertada. Se precisará la ubicación  de los predios a escala municipal y veredal preferiblemente, con la información que se  deberá solicitar a la Agencia Nacional de Tierras, (ANT), al Ministerio del Interior y a la  Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). 

Se propenderá por que la adquisición de tierras tenga una concentración en número de  hectáreas, que facilite la ejecución de proyectos productivos en escalas rentables. Así  mismo, el Gobierno Nacional adelantará, en forma inmediata, planes de choque para la  construcción y mantenimiento de las vías terciarias necesarias para facilitar a los  productores la comercialización de sus productos en condiciones de competitividad. 

4. Valor de la compra y forma de pago: 

Las personas del sector ganadero que de manera voluntaria deseen participar en este  Acuerdo, se comprometen a vender los predios por su valor comercial y catastral determinado por el IGAC tal como lo dispone la Ley 160 de 1994. El IGAC determinará  precios mínimos y máximos de cada una de las ofertas, y a esto se sumará para dicha  determinación el resultado del catastro multipropósito. Por su parte, el gobierno asumirá  los costos a los que haya lugar para materializar el respectivo negocio jurídico. El pago se  efectuará con bonos de deuda pública u otra forma de pago que determine el gobierno. 

5. Destinación: Acceso a tierra y desarrollo rural 

La tierra objeto de compra directa tiene como propósito alimentar el Fondo Nacional de  Tierras creado en la Reforma Rural Integral, y así avanzar en la asignación de derechos en  el marco del cumplimiento del Acuerdo Final, y del compromiso del Gobierno Nacional con  la democratización de la tierra y el reconocimiento de derechos territoriales de  comunidades campesinas, pueblos afrocolombianos e indígenas.

En términos de su utilización, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con sus  instrumentos y herramientas de política pública determinará la destinación especifica de  cada una de las tierras.  

6. Competencias y compromisos 

6.1. Del Gobierno Nacional 

∙ La identificación regionalizada de la demanda de tierra, y caracterización de la  oferta de tierras disponibles, esto último con apoyo de FEDEGÁN. 

∙ Caracterización de la población que será atendida, manejo de las solicitudes y  proceso de entrega y formalización de la propiedad, conforme al Registro de  Sujetos de Ordenamiento Social de la Propiedad creado por el Decreto Ley 902 del  2017.  

∙ Desarrollo de lineamientos, programas y cartografías para un “plan de choque” de  los programas de la Reforma Rural Integral.  

∙ Coordinación de la convergencia territorial de las acciones de las diferentes  agencias del Estado para lograr un verdadero “acompañamiento integral” en  dotación de infraestructura física y social, que beneficie al mayor número de  personas. 

∙ Diseñar y ejecutar, de forma inmediata, planes de choque para la construcción y  mantenimiento de las vías terciarias necesarias para facilitar a los productores la  comercialización competitiva de sus productos. 

∙ Coordinar con FEDEGÁN y otras organizaciones la prestación de servicios de  asistencia técnica, transferencia de tecnología y extensión agropecuaria para el  desarrollo de proyectos productivos de ganadería sostenible, priorizando la  implementación de Sistemas Silvopastoriles Intensivos para la producción de carne  y leche.  

∙ Desarrollar programas de acompañamiento para acceso al crédito, así como  programas de asociatividad y apoyo a la comercialización, a través de la asistencia  a los Núcleos de Productores. 

∙ Disponer de los recursos necesarios para la prestación del servicio de asistencia  técnica, y para el diseño y ejecución de proyectos productivos en los predios que  hacen parte de la Reforma Rural Integral.  

∙ Facilitar la participación de organizaciones campesinas, indígenas y  afrocolombianas en los territorios priorizados. 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *