Secretarías de Salud, a vigilar continuidad en la atención de  usuarios ante liquidación de EPS o cierre definitivo de servicios

Spread the love

La Superintendencia Nacional de Salud dio  instrucciones a las Secretarías o Direcciones Territoriales de salud de los  departamentos, municipios y distritos en todo el país para que vigilen que las  clínicas, hospitales y centros de atención mantengan sin interrupciones la  prestación de los servicios a los usuarios cuando se produzca la liquidación de una 

EPS o se cierren servicios de salud en sus territorios. 

Así lo recalca la circular externa 2023130000000004-5, del pasado 23 de febrero,  donde la Supersalud advierte a las entidades territoriales que deben garantizar que  las historias clínicas sean oportunamente entregadas a las EPS a las cuales se  encuentren afiliados los usuarios.  

Además, deben disponer de canales de recepción suficientes para que el reporte  de información de las historias clínicas se haga de manera eficiente. Así mismo,  hacer campañas de divulgación de dichos canales. 

Según la circular, también deben asegurar el reporte de información en caso de  disolución o liquidación de los prestadores de servicios de salud, diligenciado el  formulario de reporte de novedades del aplicativo del Registro Especial de  Prestadores de Servicios (REPS), los cuales deberán ser informados  semestralmente a la Superintendencia Nacional de Salud (Oficina de Liquidaciones)  en los meses de julio y enero de cada año.  

Los municipios deben apoyar a los departamentos o distritos en la gestión, custodia  y manejo de las historias clínicas.  

El incumplimiento de las instrucciones de esta circular externa dará lugar al inicio  de procesos administrativos sancionatorios. 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *