Para avanzar en el aseguramiento de la población pobre y vulnerable residente en Colombia, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 405 de 2021, a través de la cual se da continuidad a la implementación de la metodología IV del Sisbén en el régimen subsidiado de salud.
“Para este proceso se determinó la necesidad de fijar un periodo de transición en el que se pueda adoptar el Sisbén IV al interior del Sistema de Salud, teniendo en cuenta que este es el instrumento de focalización utilizado por el Sistema General de Seguridad Social en Salud para establecer quiénes son afiliados al régimen subsidiado”, indicó María Andrea Godoy Casadiego, viceministra de Protección Social.
Durante dicho lapso es primordial que los agentes del Sistema (Ministerio, ADRES, entidades territoriales, EPS, IPS, ciudadanía y otros) conozcan y apliquen la metodología IV para garantizar la prestación de servicios de salud a la población que hoy se encuentra en el régimen subsidiado de manera ininterrumpida.
Tal como lo señala la Resolución 405 de 2021, hasta tanto se expida el acto administrativo que establezca los puntos de corte del Sisbén IV para el régimen subsidiado de salud, se garantizará la atención a los usuarios afiliados bajo metodologías anteriores, sin perjuicio de las acciones de verificación que las entidades territoriales y la Unidad de Pensiones y Parafiscales realicen en el marco de sus competencias.
Godoy Casadiego recalcó que “para todos los efectos en el proceso de aseguramiento, esta población seguirá clasificada en el nivel que tenía previo al 5 de marzo de 2021, fecha de oficialización del Sisbén IV”.