La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia señaló que acata pero no comparte el fallo de tutela de la Corte Constitucional que favoreció al exministro Andrés Felipe Arias con la posibilidad de que un juez revise la condena de 17 años por el escándalo de Agro Ingreso Seguro.
Aunque la Corte Constitucional advirtió que la sentencia solo favorece al exministro, la Sala Plena advirtió que la decisión “deja un peligroso precedente de incertidumbre en la jurisdicción ordinaria e inseguridad jurídica en la justicia penal”.
“En la Corte Constitucional queda la responsabilidad del impacto de las insospechadas consecuencias para Estado de derecho de esta decisión particular”, precisó el alto tribunal.
El presidente de la Corte Constitucional, Alberto Rojas Ríos, y la magistrada Diana Fajardo (ponente del caso) explicaron que la decisión se basó en un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 30 de enero de 2014 que exigió a todos los países parte aplicar el mecanismo de objeción a las sentencias de única instancia, sobre todo en el caso de los aforados.
De esta manera, los magistrados puntualizaron que los aforados constitucionales que hayan sido condenados a partir del 30 de enero de 2014 y que estén cumpliendo la sentencia privados de la libertad podrán pedir revisión de la condena citando este fallo a favor de Arias.
La Corte Constitucional también señaló que la condena contra Arias no prescribirá y que él no quedará en libertad hasta tanto un juez revise su condena de 17 años por el escándalo de Agro Ingreso Seguro.
Además, estableció que la Corte Suprema de Justicia deberá revisar la condena y para ello deberá conformar una sala de magistrados que no se hayan pronunciado previamente sobre este caso.