Procuraduría formuló cargos a quienes autorizaron la construcción del edifico de Mundo Mujer

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La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra nueve exintegrantes del Consejo Departamental de Patrimonio Cultural del Cauca (2014), por presuntamente contravenir la normatividad que regula el Patrimonio Cultural de la Nación, al dar concepto favorable para la construcción de un edificio en un lote ubicado en el sector histórico de Popayán.

La medida disciplinaria cobija al exjefe de la Oficina de Planeación del Cauca, Daniel Mauricio Luna Fals, quien fungió como presidente del Consejo Departamental de Patrimonio Cultural; y a los extécnicos administrativos de la Gobernación del Cauca, Enssa Jiménez Olarte y Carlos Alirio Vidal.

Asimismo, a los particulares que cumplían funciones públicas: el representante de la Fundación Universitaria de Popayán, Roberto de Angulo Blum; los delegados de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, Carlos Alberto Gómez; de la Asociación Caucana de Ingenieros, Jorge Humberto Campo Perdomo; de la Academia de Historia del Cauca, María Cecilia Velásquez y de las Comunidades Afrodescendientes, Elizabeth Castillo; y el experto delegado por el Gobernador, Óscar Esteban Hernández.

El ente de control cuestionó a los investigados la posible autorización previa otorgada al proyecto de construcción de la Fundación Mundo Mujer, con presunta desatención de las directrices contenidas en el Plan Especial de Manejo y Protección del Sector Antiguo del Municipio de Popayán y su Zona de Influencia -PEMP-.

Para el Ministerio Público, al parecer, los exservidores y particulares que cumplían funciones públicas podrían haber afectado los derechos colectivos a la defensa del patrimonio cultural de la Nación, el goce de un ambiente sano y la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.

Para el Ministerio Público “no se buscó, al parecer, recuperar y conservar los perfiles urbanos históricos; ni la volumetría a desarrollar es armónica con los volúmenes vecinos sin alterar la quinta fachada, puesto que los predios colindantes y vecinos en su gran mayoría son de 1 piso máximo 2 (…), excepto el edificio El Ariete (3 pisos), siendo el único que tuvieron en cuenta”.

En esta etapa procesal la Procuraduría calificó provisionalmente las supuestas faltas de los entonces funcionarios como graves con culpa gravísima, y las de los particulares como gravísimas con culpa gravísima, por violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento e ignorancia supina.

La Procuraduría Regional de Cauca precisó que, terminada la etapa de instrucción, el expediente se remitirá a la Procuraduría Delegada para el Juzgamiento Disciplinario (reparto), ante la cual los sujetos procesales podrán presentar descargos, versión libre, y aportar y/o solicitar pruebas y sus alegatos, si lo estiman pertinente.

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