La jueza 22 de conocimiento de Bogotá absolvió al exdirector de la Dirección Nacional de Estupefacientes, Carlos Albornoz, procesado por las presuntas irreugularidades que se presentaron en la venta del predio Jesús del Río, ubicado en el municipio de Zambrano (Bolívar), el cual le fue decomisado a un lugarteniente del exjefe del Cartel de Medellín, Pablo Escobar Gaviria.
De acuerdo con la funcionaria judicial, en el desarrollo del juicio no se presentaron elementos materiales probatorios que permitieran inferir que el procesado incurriera en conductas ilegales.
“El despacho considera que ha hecho un análisis exhaustivo, minucioso y tal como lo solicitaron todos los intervinientes en este proceso penal y hay dudas que no permiten para este estrado judicial, ni siquiera pasar de esa primera categoría dogmática esto es la tipicidad”, precisó la jueza en la decisión dada a conocer este viernes.
En ese sentido añadió que “en ninguno de los cuatro delitos por los cuales fue llamado a responder en juicio oral, el señor Carlos Albornoz, razón por la cual el sentido de fallo es absolutorio y se emitirá una sentencia absolutoria a su favor”.
La Fiscalía General acusó a Albornoz por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, fraude procesal y obtención de documento público falso.
En la acusación se argumentó que el inmueble de Luis Enrique ‘Miki’ Ramírez Murillo tenía una deuda por más de mil millones de pesos y no se podía vender.
En el expediente se señalaba que la hipoteca del inmueble Jesús del Río ingresó al fisco. “Ese inmueble dado en garantía por una deuda de Luis Ramírez, una parte era para el banco y la otra parte al Estado, administrativa por parte de la Dirección Nacional de Estupefacientes”.
Por este mismo proceso, ya fue declarado inocente el empresario Eduardo de Praga Benavides.
Segunda absolución
Este es el segundo proceso en el que es declarado inocente. En septiembre de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme el fallo que absolvió al exdirector de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), Carlos Salvador Albornoz Guerrero.
Tras resolver el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General, la Sala determinó que no se presentaron elementos materiales probatorios para inferir la participación de Albornoz en hechos de corrupción.
El Tribunal dejó en firme el fallo emitido el 6 de agosto de 2018 por el juzgado 33 de conocimiento de Bogotá que señaló que no se presentaron elementos materiales suficientes para determinar la participación de Albornoz en la entrega irregular de la ‘Granja 32’, una propiedad ubicada en el municipio de Cota, Cundinamarca e incautada a la mafia.
En este primer proceso penal, Albornoz fue declarado inocente de los delitos de prevaricato por omisión y peculado por apropiación en favor de terceros.